La lucha contra el Acoso en el Deporte lleva más de 40 años librándose. 

Por: Elena Galante Marcos*

En 1978 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) adoptó la Carta Internacional de Educación Física, la Actividad Física y el Deporte, la cual señala que «la educación, la actividad física y el deporte pueden ser un poderoso instrumento para prevenir el fenómeno universal de la violencia sexista al hacer frente a sus causas subyacentes, especialmente las desigualdades entre hombres y mujeres, las normas sociales perniciosas y los estereotipos de género». 

Desde entonces, países de diferentes latitudes han dado pasos en esta dirección tales como cartas para la prevención del acoso, códigos éticos o códigos de buenas prácticas firmados por gobiernos, federaciones deportivas o Comités Olímpicos. Pero son los menos aquellos con legislaciones específicas como la «Ley Contra el Hostigamiento y Acoso en el Deporte» que recientemente se ha aprobado en Costa Rica en primer debate y que es pionera en la región centroamericana sobre este tema.

Leyes como estas conllevan el desarrollo posterior de estructuras de control, como la Comisión contra el Hostigamiento Sexual que deberá crear el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) y sobre la que recae la responsabilidad de implementar programas de prevención y capacitación y el seguimiento a las denuncias que se presenten. Por otro lado las sanciones recaen sobre el autor de los hechos y repercuten, en algunos casos, en su equipo o entidad deportiva.

De la mano de la regulación legal, absolutamente necesaria, está la regulación social, aquella que se refleja en rechazo por parte de la ciudadanía, en la pérdida de reputación de una persona o un club deportivo y finalmente, en pérdidas económicas. 

Por desgracia, hay numerosos casos de abuso en el deporte en nuestra memoria, y aquellos en los que se ha hecho justicia, han terminado con el despido y entrada en prisión del acusado, la destitución de juntas directivas, y la bancarrota del club. Tal es el «caso Larry Nassar«, el médico que abusó de más de 360 gimnastas en EE.UU. durante más de 20 años y cuyas denuncias fueron silenciadas por la Federación de gimnasia, que lo mantuvo en el equipo como médico. 

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Los estudios realizados en diferentes países europeos muestran que entre el 20% y el 45% de deportistas encuestados han sufrido acoso sexual. En Centroamérica se afirma que la cifra alcanza el 50%.

Gracias a las leyes, y a los enormes esfuerzos que se han realizado por sensibilizar a la población sobre el acoso y que facilitan que las víctimas denuncien, hoy en día podemos resolver muchos de los casos de acoso en los ámbitos deportivos en especial o profesionales en general. No obstante lo deseable es prevenirlo, pues no queremos más víctimas. #NIUNAMAS

La lucha contra este tipo de violencia pasa por concienciar y formar a jugadores, entrenadores y personal técnico desde edades muy tempranas, hasta propuestas como la de tener un “responsable de bienestar”, una figura que ya existe en países como Inglaterra y cuyas funciones serían “encargarse de coordinar las acciones y políticas del club en términos de acoso sexual”. Una mezcla de lo que se conoce actualmente en las empresas como ombudsperson y compliance officer.

Las decisiones por parte de las empresas patrocinadoras deben estar previamente planificadas y previstas, como parte de su estrategia de responsabilidad social, de comportamiento ético y de compromiso con la sociedad. (Foto: Ryan McGuire en Pixabay).

¿Qué rol juega en esta lucha el sector privado?

Por un lado, en el sector privado encontramos estructuras consolidadas que favorecen el cumplimento de las políticas internas corporativas, sus códigos de integridad y sus políticas a favor del cumplimiento ético y el respeto por los derechos humanos, canales de denuncia que garantizan la confidencialidad sin represalias. En definitiva, estructuras que garantizan la gestión de la ética y el respeto por los derechos humanos dentro de la organización, las cuales son extrapolables a los clubes, equipos y federaciones. 

Por otro lado, tenemos la gran oportunidad de los patrocinios. En 2018, los patrocinios en el istmo centroamericano crecían entre un 5% y 8% al año, gracias al apoyo de grandes firmas y también a la apuesta de empresas nacionales y locales, por equipos más pequeños y rurales. ¿Cómo pueden convertirse estas empresas en aliadas en la Prevención del Acoso en el Deporte? 

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Como parte de los compromisos firmados con el equipo, club o federación patrocinada, la empresa debe incluir condiciones contractuales al respecto, tales como:

  • Asegurar que todos los integrantes y sus familiares reciben formación y sensibilización sobre el acoso en el deporte.
  • Contar con códigos de conducta para todos los integrantes (líderes deportivos, entrenadores, médicos, voluntarios, deportistas…) y sanciones claras contra su cumplimiento.
  • Contar con un protocolo de denuncias al incumplimiento del código que garanticen la confidencialidad y el abordaje de la situación.
  • Auditar la posición actual del club, haciendo un inventario de los factores de riesgo existentes frente a comportamientos inaceptables dentro del mismo.
  • Designar un consejero confidencial local. Estas personas son el primer punto de contacto para cualquier persona dentro de la organización que necesite información sobre la intimidación sexual, elevar quejas o denuncias. 
  • Refinar los procesos de reclutamiento. Los clubes deben verificar los antecedentes y la experiencia del personal deportivo durante su proceso de contratación a través de entrevistas, verificación de las credenciales y pidiendo un currículum vitae. Los clubes también son alentados a verificar los antecedentes penales de todos los solicitantes y a tener un registro de individuos condenados por perpetrar actos de intimidación sexual en el deporte. 

Existen antecedentes de marcas que se han desvinculado de sus deportistas patrocinados tras escándalos de acoso: el jugador de fútbol americano Antonio Brown perdió su patrocinio con Nike después de la denuncia de acoso sexual en su contra, el boxeador Mike Tyson perdió sus contratos millonarios con Pepsi y Nintendo y el equipo estadounidense de gimnasia mencionado en líneas anteriores, quedó en bancarrota tras el juicio por escándalos de abusos sexuales por parte de su médico. Esto son ejemplos de casos en los que las marcas han tomado decisiones ante sus relaciones comerciales. 

Las decisiones de las empresas ante los casos de acoso no deben ser improvisadas en el momento en el que se destapa el ¨caso¨, ni deben depender del juicio de un ejecutivo o de la repercusión mediática del ¨escándalo¨. Las decisiones por parte de las empresas patrocinadoras deben estar previamente planificadas y previstas, como parte de su estrategia de responsabilidad social, de comportamiento ético y de compromiso con la sociedad. Incluso afirmo que son hechos que deben ser considerados desde un punto de vista de gestión de riesgo respondiendo a las siguientes preguntas ¿qué impacto puede tener en la sociedad que un club patrocinado por mi empresa sea pasivo ante el acoso sexual? y ¿qué impacto puede tener en mi empresa no tener los mecanismos de prevención necesarios?

Es necesario el involucramiento de todas las partes y las empresas tienen una gran influencia por su experiencia y capacidad de gestión sobre estos temas y por la repercusión económica de sus decisiones.

La firma de condiciones vinculadas a la responsabilidad social y la gestión de la ética como parte de los acuerdos y patrocinios entre las empresas y el mundo deportivo, es una palanca me impulso para el combate al acoso sexual en el deporte.

Y por último una ‘llamada de atención’ a realizar con estas herramientas bajo un enfoque de diversidad: el acoso no tiene sexo.

*Asesora en Sostenibilidad y gestión de la Responsabilidad Corporativa